EL PRESUPUESTO EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS

¿Cuáles son los avances y las perspectivas en esta materia en el ámbito de las entidades federativas?

LEYES ESTATALES DE PLANEACIÓN (2014)

  • En 3 entidades se incorpora el enfoque de igualdad de género en la asignación de presupuestos públicos.
  • En 11 entidades se menciona de manera explícita que la planeación democrática se basará en la perspectiva de género.

PLANES ESTATALES DE DESAROLLO(2014)

  • Todas las entidades federativas incorporan la perspectiva de género como criterio transversal en sus Planes Estatales de Desarrollo.

LEYES QUE REGULAN A LOS PRESUPUESTOS EN LOS ESTADOS(2014)

  • En 13 se hace referencia directa a presupuestos públicos con perspectiva de género.
  • De las leyes o decretos anuales que presentaron los presupuestos estatales de egresos para el ciclo 2014, en 15 se hace referencia al género como criterio de presupuestación.
  • En 4 entidades se cuenta con un anexo de presupuesto etiquetado para la igualdad de género.

LEYES PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES DE LOS ESTADOS(2014)

  • Salvo Baja California y Tabasco, todas las entidades han logrado la publicación de leyes para la igualdad entre mujeres y hombres.
  • Todas las leyesde igualdad vigentes hacen referencia a la transversalidad de la perspectiva de género.
  • 30 leyes estatales de igualdad definen que el ejecutivo estatal deberá prever en la preparación del presupuesto de egresos, partidas específicas para el cumplimiento de la política estatal de igualdad.

LEYES PARA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA(2014)

  • En las 32 leyes estatales para el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia se incluye la disposición de asignar partidas presupuestales necesarias para el cumplimiento de la ley.

Conclusiones

El Estado mexicano cuenta con un marco normativo federal avanzado, que permite el desarrollo de acciones públicas encaminadas a la igualdad entre mujeres y hombres. Dicho marco está en línea con los ordenamientos y disposiciones de los tratados internacionales ratificados por México, así como con los compromisos políticos asumidos por el país.

En el nivel federal, existen señalamientos específicos para incorporar la perspectiva de género en distintas fases del ciclo de la gestión pública: diagnóstico, planeación, presupuestación, implementación, evaluación y rendición de cuentas. Específicamente, se han realizado esfuerzos sostenidos para incorporar esta perspectiva en los presupuestos publicos, reconociéndolos como un instrumento estratégico que, por un lado, provee los medios para determinar el efecto de las políticas de ingresos y gastos sobre las mujeres y los hombres y, por otro lado, permite corregir desigualdades atribuibles a la condición social de las mujeres, a la discriminación que padecen y a la conculcación o vulneración de sus derechos.

No obstante los avances, en el ámbito local el progreso ha sido desigual y solamente algunas entidades federativas han realizado cambios sustantivos para incorporar la perspectiva de género en sus procesos de planeación y presupuestación. Por lo tanto, el primer paso para lograr la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en las entidades federativas consiste en armonizar las leyes estatales con la legislación nacional, así como con los compromisos internacionales asumidos por México en acato del artículo I constitucional.